SCJN Revive Protección a Víctimas al Eliminar Fondo Mínimo Inconstitucional
SCJN declara inconstitucional eliminar fondo mínimo para víctimas, al considerar regresiva la reforma y reafirmar garantías de reparación integral del daño.
19 noviembre 2025 • 09:00 am

México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la eliminación del fondo mínimo destinado a la reparación integral y atención a víctimas del delito, al determinar que la reforma de 2020 que lo modificó fue regresiva y vulneró sus derechos. La propuesta fue presentada por el ministro Giovanni Figueroa, quien recordó que existía un precedente de la propia Corte que ya había señalado el retroceso.

Reforma de 2020, Declarada Inconstitucional
Con la resolución, la SCJN declaró inconstitucional la fracción I del artículo 132 de la Ley General de Víctimas, al considerar que su modificación redujo injustificadamente la garantía presupuestal destinada a atender a quienes sufren delitos.
Figueroa expuso que eliminar el porcentaje mínimo afectó directamente la operatividad del fondo, por lo que era necesario restituir el derecho de las víctimas a una reparación eficaz.
Víctimas No Quedan Desprotegidas, Afirma la Corte
La ministra Lenia Batres señaló que, aunque el fondo desapareció, fue sustituido por recursos provenientes de bienes decomisados al crimen y por partidas sin tope máximo que el Estado está obligado a garantizar.
En contraste, ministras y ministros como Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Hugo Aguilar Ortiz, el presidente de la Corte, y Arístides García Guerrero coincidieron en que la reforma representó una “medida regresiva injustificada” que debilitó la protección de las víctimas.
Fuente: Agencias